
Ciudad de México.- A los trabajadores en México todavía les restan tres días de descanso obligatorio durante 2026 y, en caso de que deban laborar por necesidades del servicio, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que deberán recibir un pago adicional al salario ordinario.
Aunque existen diversas fechas conmemorativas a lo largo del año, no todas son consideradas días de descanso obligatorio. La legislación mexicana reconoce únicamente algunas jornadas específicas en las que los empleados tienen derecho a descansar con goce de sueldo o, si trabajan, a recibir una remuneración especial.
¿Qué días feriados obligatorios faltan en 2026?
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, los descansos obligatorios que aún quedan este año son:
- 16 de septiembre, por el aniversario del inicio de la Independencia de México.
- 16 de noviembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, aniversario de la Revolución Mexicana.
- 25 de diciembre, con motivo de la celebración de Navidad.
¿Es obligatorio trabajar esos días?
No. La regla general establece que los trabajadores deben descansar durante estas fechas sin afectar el pago de su salario.
Sin embargo, existen sectores cuya operación no puede suspenderse, como hospitales, servicios de emergencia, seguridad, transporte, hoteles, restaurantes, comercios y otras actividades esenciales.
En estos casos, el patrón puede organizar guardias o acordar con los trabajadores quiénes prestarán sus servicios durante el día de descanso obligatorio.
¿Cuánto deben pagarte si trabajas?
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que quienes laboren durante un día de descanso obligatorio tienen derecho a recibir:
- Su salario correspondiente al día de descanso.
- Un salario doble adicional por haber trabajado.
En términos prácticos, el trabajador recibe el equivalente a tres salarios diarios por esa jornada.
Ejemplo
Si un trabajador percibe un salario diario de 600 pesos, deberá recibir:
- 600 pesos por el descanso obligatorio.
- 1,200 pesos adicionales por haber trabajado.
Total: 1,800 pesos por ese día, sin considerar otras prestaciones que pudieran corresponder.
¿Qué pasa si el feriado cae en domingo?
Si el descanso obligatorio coincide con un domingo y el trabajador presta sus servicios, además del pago triple puede corresponder la prima dominical, equivalente al 25% del salario ordinario, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la ley.
¿Puede el patrón obligarte a trabajar?
La legislación permite que el patrón organice quiénes deberán laborar cuando la actividad de la empresa lo haga necesario.
No obstante, el empleador está obligado a respetar el pago especial previsto por la Ley Federal del Trabajo y las demás condiciones laborales aplicables.
¿Qué hacer si no te pagan correctamente?
Si un trabajador considera que no recibió el pago que establece la ley, lo recomendable es solicitar primero una aclaración con la empresa.
En caso de que el problema continúe, puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría jurídica gratuita y, en su caso, iniciar el procedimiento correspondiente.
También se recomienda conservar recibos de nómina, contratos, listas de asistencia y cualquier documento que permita acreditar que se laboró durante el día de descanso obligatorio.
Conocer estos derechos permite a los trabajadores exigir el pago correcto y evitar incumplimientos por parte de los empleadores durante los días feriados oficiales.



