México.— Las personas próximas al retiro que pertenecen al régimen de la Ley 73 del IMSS necesitan reunir al menos 500 semanas cotizadas para solicitar una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.
El primer paso es identificar el número de semanas reconocidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y revisar si la persona continúa cotizando. Cuando existe una relación laboral activa, puede mantener sus aportaciones hasta alcanzar el mínimo requerido.
La situación cambia para quienes dejaron de cotizar. En esos casos es necesario revisar cuánto tiempo ha pasado desde la baja y si todavía cumplen las condiciones para incorporarse a la Modalidad 40.
Opciones para recuperar semanas
De acuerdo con la información disponible, la Modalidad 40 permite continuar con aportaciones voluntarias, acumular semanas y elevar el salario base utilizado para calcular la pensión. Esta alternativa debe analizarse antes de que transcurran cinco años desde la baja, además de verificar los requisitos aplicables ante el IMSS.
Si ya no es posible ingresar a ese esquema, las alternativas planteadas son conseguir un empleo formal que reactive la afiliación o registrarse como trabajador independiente para continuar acumulando semanas.
La elección depende de la edad, el número de semanas faltantes, el estado de salud y la capacidad económica. Por ello, antes de realizar pagos conviene solicitar una revisión individual del historial de cotización.
Conservación de derechos y monto final
Completar las 500 semanas no es el único requisito. Para tramitar la pensión se deben tener al menos 60 años y estar dado de baja del régimen obligatorio al momento de presentar la solicitud.
También debe considerarse la conservación de derechos, cuyo periodo equivale a una cuarta parte del tiempo cotizado. Por ejemplo, una persona con 10 años reconocidos tendría un periodo de conservación de aproximadamente dos años y medio después de su baja.
La edad de retiro influye en el pago: bajo este régimen, pensionarse a los 60 años representa un porcentaje menor que hacerlo a los 65. Acumular más semanas y contar con mejores salarios de cotización durante los últimos cinco años también puede aumentar el cálculo.
Debido a que cada expediente es distinto, se recomienda confirmar semanas, fechas y vigencia directamente ante el IMSS y obtener orientación especializada antes de elegir una modalidad.





