MÉXICO.- La obligación de relacionar las líneas de telefonía móvil con la Clave Única de Registro de Población (CURP) y una identificación oficial ha provocado inquietud entre usuarios, principalmente por el tratamiento de sus datos personales y la advertencia de suspensiones graduales.
De acuerdo con el material de referencia, fechado el 14 de septiembre de 2026, el esquema comprende las tarjetas SIM de prepago y pospago. Los operadores deben validar la identidad del titular y las líneas que no concluyan el procedimiento dentro de los plazos correspondientes podrían perder progresivamente llamadas, mensajes y datos, aunque conservarían acceso a comunicaciones de emergencia.
La medida es presentada como una herramienta para combatir delitos como el fraude y la extorsión telefónica. Sin embargo, ciudadanos y defensores de derechos digitales han manifestado preocupación por la concentración de información sensible y la posibilidad de filtraciones.
El reporte señala que 9.6 millones de líneas terminadas en cero ya habían sido vinculadas. También identifica como operadores involucrados a Telcel, AT&T, Movistar y distintas compañías móviles virtuales.
eSIM extranjeras ganan atención
Ante este escenario, algunos usuarios han comenzado a evaluar eSIM contratadas con proveedores internacionales, las cuales pueden ofrecer paquetes de datos o numeración virtual sin solicitar una identificación mexicana.
No obstante, prescindir de un número nacional puede generar limitaciones para recibir llamadas, mensajes de verificación o códigos empleados en servicios bancarios y otros trámites. Por ello, estas opciones son consideradas principalmente como líneas secundarias para navegación y aplicaciones de mensajería.
El amparo aparece como otra alternativa
Otra vía mencionada es el juicio de amparo indirecto. Según el material proporcionado, quienes obtengan una suspensión provisional podrían conservar temporalmente el servicio sin vincular su CURP, mientras un juzgado analiza el fondo del caso.
El antecedente inmediato es el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, invalidado por la Suprema Corte en 2022. A diferencia de ese modelo, el nuevo esquema dejaría la custodia de la información en manos de las empresas telefónicas, sujetas a la legislación de protección de datos.
La discusión mantiene frente a frente dos objetivos: combatir delitos cometidos por teléfono y garantizar la privacidad de los usuarios. La resolución de eventuales amparos será determinante para conocer si el mecanismo se mantiene o enfrenta modificaciones.





