MÉXICO.— El registro obligatorio de líneas telefónicas comenzó a aplicarse el 9 de enero de 2026, pero no todos los números móviles tendrán que completar el procedimiento. La excepción está relacionada con las capacidades de la tarjeta SIM y no con la empresa que presta el servicio.
De acuerdo con la información disponible, quedan fuera del trámite las líneas asociadas a tarjetas SIM que no permiten realizar llamadas de voz ni enviar mensajes SMS. Fuera de ese supuesto, los usuarios de telefonía móvil deberán registrar su número dentro del plazo que les corresponda.
El proceso abarca líneas activas de compañías como Telcel, AT&T, Movistar, Bait y Altán, entre otros operadores. Su objetivo es vincular los números móviles con la identidad de los usuarios para contribuir a las acciones contra extorsiones, fraudes y otras conductas delictivas.
El trámite puede efectuarse de manera presencial en los centros de atención de cada compañía o mediante sus plataformas oficiales. Para la modalidad digital, el material consultado señala que los usuarios disponen de tres intentos para completar el registro.
En el caso de servicios Telcel, también se mencionan los números *111 para planes de renta y *264 para líneas Amigo como canales de orientación. Los requisitos y mecanismos pueden variar entre operadores, por lo que conviene revisar directamente la información proporcionada por la empresa correspondiente antes de entregar documentos.
La información difundida indica que la CRT amplió el periodo de registro y que los plazos se extenderán hasta diciembre de 2026. La fecha aplicable dependerá del último dígito del número celular. Sin embargo, el material de referencia no incluye el calendario completo, por lo que no es posible precisar aquí qué mes corresponde a cada terminación.
Quienes tengan una línea convencional con llamadas y mensajes deberán verificar su plazo y completar la vinculación con la CURP. En cambio, si la SIM carece de ambas funciones, la línea estaría contemplada entre las excepciones señaladas.





