
Ciudad Juárez. José Luis A. C., propietario del crematorio Plenitud, obtuvo una suspensión provisional dentro de un nuevo juicio de amparo, medida que impide temporalmente la ejecución de una posible orden de aprehensión en su contra mientras se analiza el fondo del asunto.
La resolución fue difundida por los abogados del imputado el 28 de julio, dos meses después de que se reabrió el proceso penal relacionado con el hallazgo de 386 cuerpos sin cremar en el establecimiento, ocurrido en junio de 2025.
La defensa también informó que presentó una queja ante el Tribunal de Disciplina Judicial.
Suspensión provisional
De acuerdo con el despacho Legal Estudio Jurídico, el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua concedió la suspensión provisional solicitada dentro del juicio de amparo indirecto promovido por José Luis Arellano Cuarón.
“Legal Estudio Jurídico informa que el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua concedió la suspensión provisional solicitada dentro del juicio de amparo indirecto promovido por José Luis Arellano Cuarón en contra del dictado de una posible orden de aprehensión en su contra, así como de la notificación roja que pudiera haber solicitado alguna Fiscalía”, señaló el despacho.
La medida cautelar busca preservar la materia del juicio de amparo mientras la autoridad federal analiza el fondo del caso.
Los abogados precisaron que la resolución no representa un pronunciamiento sobre la responsabilidad penal del quejoso, sino una protección provisional prevista en la Ley de Amparo.
“El despacho continuará ejerciendo una defensa técnica, responsable y respetuosa de las instituciones, privilegiando el debido proceso y la protección de los derechos fundamentales”, añadió la representación jurídica.
Antecedentes del proceso
José Luis A. C. fue detenido después del hallazgo de los 386 cuerpos en el crematorio Plenitud y permaneció en prisión preventiva del 30 de junio de 2025 al 13 de febrero de 2026.
En esa última fecha, el Juzgado Séptimo de Distrito, a cargo de Luis Eduardo Rivas Martínez, le concedió un amparo que derivó en su no vinculación a proceso y posterior liberación.
Sin embargo, en mayo de 2026, el Segundo Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito revocó por unanimidad ese amparo dentro del expediente de revisión 94/2026, por lo que el proceso penal fue reabierto.
El Tribunal determinó que el juez federal interpretó de manera incorrecta los verbos rectores “conservar” y “ocultar” cadáveres, conductas atribuidas al imputado a partir del hallazgo de los cuerpos hacinados en el crematorio.
Dos personas fueron detenidas
Por estos hechos únicamente fueron detenidos José Luis A. C. y Facundo Teófilo M. R., empleado del establecimiento y encargado de la operación del crematorio.
Ambos fueron vinculados a proceso en julio de 2025 por delitos relacionados con el respeto a los cadáveres o restos humanos, así como por un ilícito previsto en la Ley General de Salud vinculado con el manejo de cadáveres.
Facundo Teófilo M. R. falleció en octubre de 2025 mientras permanecía en prisión. Meses después, José Luis A. C. obtuvo el amparo que le permitió recuperar la libertad, aunque posteriormente esa resolución fue revocada.
Con la nueva suspensión provisional, el propietario del crematorio permanece protegido temporalmente frente a la ejecución de una posible orden de aprehensión, en tanto la autoridad federal resuelve el fondo del juicio de amparo.



