CIUDAD DE MÉXICO.- Colocar una bandera de México en el automóvil no está prohibido a nivel nacional, pero hacerlo sin tomar precauciones podría terminar en una multa, especialmente cuando el adorno bloquea la visibilidad o distrae a quien conduce.
El artículo 32 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales permite a los particulares utilizar la Bandera Nacional en sus vehículos. La norma no establece un tamaño específico para este uso, aunque obliga a conservar el respeto correspondiente al símbolo patrio.
Esto significa que llevar una bandera en el auto, por sí solo, no genera una sanción federal. Sin embargo, deben respetarse su diseño y características originales, además de evitar cualquier uso que pueda considerarse irrespetuoso.
El escenario cambia con los reglamentos locales de tránsito. En la Ciudad de México, el artículo 38, fracción II, inciso a), del Reglamento de Tránsito prohíbe llevar objetos que obstruyan la visibilidad del conductor o provoquen distracciones.
Por ello, una bandera colocada sobre el parabrisas, colgada del espejo retrovisor o fijada en ventanas y espejos podría derivar en una infracción cuando reduzca el campo visual. La sanción prevista es de 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de un punto de penalización en la licencia.
Tomando como referencia el valor de 117.31 pesos por UMA citado en el material consultado, la multa iría de 586.55 a 1,173.10 pesos. El monto debe verificarse con el valor vigente de la UMA al momento de la infracción.
Para vehículos de carga, la sanción puede aumentar a 40, 50 o 60 UMA, junto con tres puntos de penalización, cuando el objeto colocado obstruya la conducción.
La recomendación es instalar la bandera en un sitio seguro, bien sujeto y fuera del parabrisas, espejos, ventanas o cualquier área necesaria para maniobrar. El festejo patrio está permitido; conducir sin visibilidad, no.




