MÉXICO.— Dejar pasar la fecha límite del recibo de electricidad no significa que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) suspenderá el servicio de manera inmediata. Las condiciones aplicables al suministro contemplan un plazo antes de que la empresa pueda ordenar el corte por falta de pago.
De acuerdo con la información disponible, la CFE puede ordenar la suspensión 10 días naturales después de la fecha límite impresa en el recibo, siempre que el usuario no haya presentado previamente una inconformidad ante las autoridades correspondientes.
Esto no significa que el corte ocurrirá forzosamente al día siguiente de concluir ese periodo. A partir de entonces, la suspensión puede ser programada y su ejecución dependerá de factores operativos, como la carga de trabajo de las cuadrillas y la antigüedad del adeudo.
Medidores inteligentes pueden acelerar el corte
El tiempo de espera puede ser menor cuando el domicilio cuenta con un medidor inteligente. Esta tecnología permite monitorear el equipo y, en determinados casos, suspender o restablecer el suministro de forma remota, sin enviar a un técnico.
Una vez realizado el corte, el usuario tiene 15 días naturales para pagar el adeudo y cubrir la cuota de reconexión. Si no regulariza su situación durante ese periodo, la CFE puede cancelar el contrato. Esto obligaría a solicitar nuevamente el alta del servicio y, cuando corresponda, cubrir un depósito de garantía.
Los dos plazos no deben confundirse: el primero comienza después del vencimiento del recibo y determina cuándo puede ordenarse la suspensión; el segundo inicia cuando el servicio ya fue cortado y busca evitar la cancelación contractual.
¿Qué hacer si el cobro parece incorrecto?
Si el usuario considera que existe un error, puede presentar una aclaración ante la CFE, la Procuraduría Federal del Consumidor o la Comisión Reguladora de Energía. Según el material consultado, la inconformidad debe plantearse antes de la fecha límite para evitar la suspensión relacionada con el monto disputado.
Los recibos posteriores que no formen parte de la controversia deberán pagarse normalmente. Después de liquidar el adeudo y la reconexión, el restablecimiento puede variar según la ubicación y las condiciones operativas, por lo que conviene confirmar el plazo directamente con la CFE.
En hogares con menores, adultos mayores o personas que dependen de equipo médico eléctrico, se recomienda documentar la situación y presentar una solicitud por escrito. No existe, de acuerdo con el material proporcionado, una excepción general que impida todos los cortes en estos casos.





