Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que marca un cambio importante en el manejo de las pensiones en México, al permitir el embargo de recursos de pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), incluidos aquellos bajo la Ley 73.
La resolución establece que los fondos de la subcuenta de retiro de las Afore podrán ser utilizados para cubrir adeudos de pensión alimenticia, priorizando el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
La decisión aplica tanto para pensionados del régimen de la Ley 73 como de la Ley 97 del IMSS, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones específicas.
De acuerdo con la Primera Sala de la SCJN, el embargo procederá únicamente cuando:
Esto significa que no es una medida generalizada, sino excepcional, enfocada en garantizar el derecho de los menores a recibir alimentos.
El fallo establece un límite claro: el embargo no podrá exceder el 10% de los recursos acumulados en la subcuenta de retiro.
Además, se basa en el mismo criterio que permite a los trabajadores desempleados retirar parcialmente su ahorro, es decir:
Esto busca equilibrar la protección del ahorro para el retiro con la obligación de cumplir con la pensión alimenticia.
La Suprema Corte explicó que la prohibición de embargar estos recursos no está establecida en la Constitución, sino en leyes secundarias, por lo que puede modificarse cuando entra en conflicto con derechos fundamentales.
En este caso, el Alto Tribunal determinó que el derecho de los menores a recibir alimentos debe prevalecer sobre la protección del patrimonio del pensionado.
La Corte fue contundente al señalar que los derechos de la infancia no pueden quedar subordinados a intereses económicos de los adultos, incluso cuando se trate de recursos destinados al retiro.
Este criterio ha sido considerado por especialistas como un precedente importante, ya que abre la puerta a garantizar el cumplimiento de obligaciones alimentarias incluso en casos donde el deudor no tiene ingresos activos.
También refuerza la postura de las autoridades judiciales de priorizar la protección de menores por encima de restricciones legales que antes impedían acceder a estos recursos.
Para quienes reciben pensión del IMSS, es importante entender que:
Este fallo no elimina la protección general de las pensiones, pero sí establece una excepción clara en favor de los derechos de niñas y niños.
Luis Miguel.– La salud de “El Sol de México” encendió las alarmas en el mundo…
Ciudad Juárez.– Un hombre señalado como presunto responsable de incendiar la vivienda de su pareja…
Mumbai.– Una tragedia mantiene conmocionada a India luego de que cuatro integrantes de una familia…
Ciudad Juárez.– Elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal arrestaron a una mujer identificada…
Ciudad Juárez.– La Fiscalía de Distrito Zona Norte informó sobre la imputación en contra de…
Ciudad Juárez.– La Fiscalía General del Estado emitió una alerta de búsqueda para localizar a…