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SAT descontará una parte del aguinaldo (ISR) de todos los trabajadores que reciban más de esta cantidad y la LFT lo respalda

SAT descontará ISR del aguinaldo 2025 a quienes reciban más de $3,394.20 pesos; la LFT respalda la medida

Ciudad de México.– El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el aguinaldo 2025 estará sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR) para los trabajadores que reciban más de $3,394.20 pesos, cifra que corresponde a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

La medida, respaldada por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del ISR, no representa un nuevo impuesto, sino una aplicación de la normativa fiscal existente.

El aguinaldo: un derecho laboral obligatorio

De acuerdo con el artículo 87 de la LFT, todo trabajador formal tiene derecho a recibir al menos 15 días de salario como aguinaldo anual, el cual debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre de cada año.

Esta prestación es independiente del tipo de contrato y aplica tanto a empleados de tiempo completo como a eventuales o de confianza.

¿Cuándo aplica el cobro del ISR al aguinaldo?

El SAT precisó que los primeros $3,394.20 pesos del aguinaldo están exentos del impuesto, pero cualquier cantidad que exceda ese límite deberá declararse y estará sujeta a la retención correspondiente.

Ejemplo práctico:

  • Si un trabajador recibe $5,000 pesos de aguinaldo:

    • Los primeros $3,394.20 pesos están libres de ISR.

    • El resto ($1,605.80 pesos) será gravado conforme a la tabla del impuesto sobre la renta.

No se trata de un nuevo impuesto

El organismo aclaró que no se ha creado un nuevo cobro sobre el aguinaldo, sino que se trata de una disposición fiscal vigente desde hace varios años.
El objetivo del ISR, recordó, es que los ingresos por sueldos y prestaciones contribuyan al gasto público según los niveles de ingreso de cada persona.

¿Qué es el ISR y quiénes lo pagan?

El Impuesto Sobre la Renta aplica a las personas físicas y morales que obtienen ingresos en México.
Están obligados a pagarlo:

  • Trabajadores residentes en el país.

  • Empresas mexicanas.

  • Extranjeros que perciban ganancias en territorio nacional.

El ISR no se aplica a herencias o donaciones, pero sí a sueldos, honorarios, rentas y actividades comerciales.

Recomendaciones para los trabajadores

El SAT sugiere a los empleados tomar en cuenta lo siguiente antes de recibir su aguinaldo:

  • Consultar con Recursos Humanos el monto exacto que les corresponde.

  • Verificar en el recibo de nómina el desglose del ISR retenido.

  • Planificar los gastos de fin de año, considerando que parte del aguinaldo puede tener descuento fiscal.

Joaquín López

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