Ciudad de México.– El plazo para que las empresas cumplieran con el pago de utilidades a sus trabajadores venció el pasado 30 de mayo, y aquellas que no realizaron dicho reparto podrían ser sancionadas con multas que van desde 25 mil hasta más de 565 mil pesos por cada empleado afectado, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Todos los empleadores que hayan generado ganancias durante el año fiscal 2024 estaban obligados a repartir utilidades dentro de los 60 días posteriores a su declaración anual.
Empresas con personas morales (como S.A. o S. de R.L.): el límite fue el 30 de mayo.
Personas físicas con actividad empresarial (dueños de papelerías, talleres, etc.): el plazo vence el 29 de junio.
Según el Artículo 994, fracción II de la LFT, las sanciones económicas son:
Multa mínima: 250 UMAs → $25,934 pesos por trabajador.
Multa máxima: 5,000 UMAs → $565,700 pesos por trabajador.
Importante: pagar la multa no exime a la empresa de realizar el depósito correspondiente a los trabajadores.
Si no recibiste tus utilidades, puedes presentar una denuncia anónima ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Correo: inspeccionfederal@stps.gob.mx
Teléfonos: 800 717 2942 / 800 911 7877
También puedes acudir a los Centros de Conciliación en tu estado si decides levantar una demanda formal.
Tienes un año a partir del vencimiento del plazo legal (30 de mayo o 29 de junio, según el caso) para:
Presentar una queja ante Profedet
Levantar una demanda laboral por incumplimiento
No. Las utilidades no se pueden suspender, negociar ni pagar en parcialidades, y están protegidas por los Artículos 123 de la Constitución Mexicana y 127 de la LFT.
Recuerda: tus derechos laborales están protegidos por ley. No dejes pasar la oportunidad de exigir lo que te corresponde.
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