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Seis años de cárcel para quien grabó y difundió video íntimo de policías en patrulla

Seis años de cárcel para quien grabó y difundió video íntimo de policías en patrulla de CDMX

CIUDAD DE MÉXICO — La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la capital investiga no solo a los dos policías sorprendidos teniendo relaciones en una patrulla oficial, sino también a la persona que grabó y difundió el video en redes sociales. Esta acción podría constituir un delito tipificado en la Ley Olimpia, el cual contempla penas de hasta seis años de prisión.

El caso, que causó revuelo a nivel nacional, se volvió viral por la naturaleza del acto y por tratarse de personal en activo de una corporación pública, sin embargo, la grabación y posterior difusión sin consentimiento también representa una violación a la intimidad protegida por ley.

Investigación contra los policías y el responsable de la grabación

La SSC informó que ya fue abierta una carpeta de investigación administrativa a través de su Dirección General de Asuntos Internos. Ambos elementos ya fueron identificados y serán citados a declarar por su conducta, considerada como una falta grave a los protocolos de actuación policial.

El video, con una duración aproximada de dos minutos, muestra a los oficiales en actos íntimos dentro de una unidad oficial mientras las luces de la patrulla permanecían encendidas. La institución reiteró que no tolerará conductas contrarias al código disciplinario de la corporación.

La Ley Olimpia también protege a los policías

Además de la indagatoria contra los servidores públicos, la SSC trabaja para identificar a quien grabó y difundió el video, así como a las personas que lo compartieron en redes sociales. Este tipo de difusión está prohibido por la Ley Olimpia, vigente en la Ciudad de México desde 2020, y protege la intimidad y privacidad de todas las personas, sin distinción.

¿Qué castiga la Ley Olimpia?

La Ley Olimpia sanciona diversas formas de violencia digital, incluyendo:

  • Difusión de material íntimo sin autorización.

  • Grabación de contenido sexual sin consentimiento.

  • Acoso digital, amenazas, suplantación de identidad y filtración de datos personales con intención de dañar.

Sanciones contempladas por ley

Las penas establecidas son:

  • De 3 a 6 años de prisión.

  • Multas económicas.

  • Agravantes en caso de que la víctima sea menor de edad, tenga alguna discapacidad, sea pareja sentimental del agresor o si el acto se cometió con fines lucrativos.

Usuarios de redes sociales también podrían ser sancionados

De acuerdo con la legislación, incluso quienes compartieron el video sin haberlo grabado pueden enfrentar consecuencias legales, ya que toda forma de difusión no autorizada constituye una violación al derecho a la privacidad.

La SSC exhortó a la ciudadanía a no replicar este tipo de contenido y a denunciar publicaciones que vulneren la dignidad de cualquier persona, recordando que las redes sociales no eximen de responsabilidad legal.

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