El nuevo esquema de identidad en telefonía móvil entra en vigor en 2026 y contempla la suspensión del servicio a partir del 1 de julio
Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que ninguna autoridad puede obligar a los ciudadanos a entregar datos biométricos —como huellas dactilares o escaneo de iris— para acceder a una línea telefónica, al considerar que esta medida era desproporcionada y ponía en riesgo la seguridad de los datos personales.
Sin embargo, esta resolución no elimina la obligación de registrar las líneas móviles. Para 2026, entró en vigor un nuevo esquema de identificación que exige vincular cada número telefónico con la CURP y una identificación oficial, bajo advertencia de suspensión total del servicio si no se cumple antes de julio.
El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) fue una iniciativa que buscaba concentrar datos biométricos de todos los usuarios del país. En abril de 2022, la Corte, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 82/2021, declaró la medida inconstitucional.
Los ministros concluyeron que:
No garantizaba una reducción efectiva de delitos.
Exponía a la población a riesgos de hackeos y uso indebido de información sensible.
Violaba el derecho a la privacidad.
Esta sentencia es la que hoy impide que las telefónicas exijan biométricos para activar o conservar una línea.
A diferencia del PANAUT, el esquema vigente no solicita biométricos sensibles ni crea una base centralizada del Gobierno. El registro se sustenta en lineamientos de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y es impulsado por la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum.
Las autoridades señalan que el modelo es legal porque:
No invade la privacidad física: se basa en CURP e identificación oficial.
Resguardo descentralizado: los datos permanecen con las compañías telefónicas, bajo leyes de protección de datos personales.
Cotejo de identidad: cada tarjeta SIM debe estar asociada a una persona real para combatir extorsiones y uso del anonimato.
El periodo de registro inició el 9 de enero y concluye el 30 de junio de 2026.
Si una línea no queda vinculada a una identidad oficial, la empresa proveedora procederá a la suspensión total del servicio a partir del primer minuto del 1 de julio.
La suspensión implica:
Sin llamadas.
Sin mensajes.
Sin acceso a internet.
Solo llamadas de emergencia al 911 permanecerán habilitadas.
Para evitar el bloqueo, el trámite debe realizarse directamente con su proveedor de telefonía, en canales oficiales físicos o digitales. Los requisitos son:
Nombre completo del titular.
CURP validada (dato principal del sistema).
Identificación oficial vigente (INE o pasaporte).
Validación de identidad (selfie) en tiempo real para confirmar coincidencia con la identificación.
Como parte del nuevo modelo, a partir del 7 de febrero de 2026, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones habilitará una plataforma de consulta.
Con solo ingresar la CURP, cualquier ciudadano podrá:
Ver cuántos números telefónicos están asociados a su identidad.
Solicitar la Desvinculación Inmediata de líneas que no reconozca, evitando responsabilidades legales por su uso.
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