Ciudad de México.– Miles de adultos mayores en México recibirán una excelente noticia en noviembre: el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) confirmaron que adelantarán el pago del aguinaldo, por lo que los pensionados bajo los regímenes de 1973 y Décimo Transitorio recibirán doble depósito.
El anuncio fue confirmado el pasado 16 de octubre por ambas instituciones y busca garantizar que los beneficiarios dispongan de sus recursos antes del cierre del año, especialmente en la temporada decembrina.
De acuerdo con el calendario oficial del IMSS, el lunes 3 de noviembre de 2025 se realizará el depósito doble, correspondiente a la pensión mensual y al aguinaldo anual para los jubilados que se retiraron bajo la Ley del Seguro Social de 1973.
Detalles del pago del IMSS:
💸 Monto: equivalente a un mes completo de pensión.
👴 Quiénes lo reciben: jubilados que cotizaron antes del 1 de julio de 1997, bajo los esquemas de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.
🚫 Quiénes no lo reciben: pensionados del régimen de 1997, ya que su modelo de Afores no incluye prestaciones adicionales como el aguinaldo.
El IMSS recordó que los depósitos se harán directamente en las cuentas bancarias registradas y exhortó a los beneficiarios a mantenerse atentos únicamente a los canales oficiales para evitar fraudes o desinformación.
En el caso del ISSSTE, el pago se adelantará al jueves 30 de octubre de 2025, e incluirá la primera parte del aguinaldo, equivalente a 20 días de salario.
Detalles del pago del ISSSTE:
🗓️ Primera parte: jueves 30 de octubre.
💰 Segunda parte: se entregará en enero de 2026, junto con la pensión mensual.
👵 Quiénes lo reciben: jubilados del régimen del Décimo Transitorio, es decir, quienes comenzaron a cotizar antes del 31 de marzo de 2007.
🚫 Quiénes no lo reciben: pensionados del régimen de Cuentas Individuales, ya que este esquema opera con fondos personales sin prestaciones fijas.
El ISSSTE precisó que los depósitos se realizarán de forma automática, y no es necesario acudir a oficinas para solicitar el beneficio.
Ambas instituciones —IMSS e ISSSTE— operan bajo dos regímenes diferentes: uno anterior con beneficios definidos, y otro posterior con cuentas individuales administradas por Afores.
Con derecho a aguinaldo:
Régimen de 1973 (IMSS).
Régimen del Décimo Transitorio (ISSSTE).
Sin derecho a aguinaldo:
Régimen de 1997 (IMSS).
Cuentas Individuales (ISSSTE).
En estos últimos casos, los fondos de retiro dependen del ahorro personal del trabajador, por lo que no se incluyen prestaciones extras como el aguinaldo.
Las autoridades emitieron las siguientes sugerencias para evitar confusiones o posibles fraudes:
✅ Verificar el depósito en la cuenta bancaria a partir de las fechas indicadas.
⏰ Evitar acudir a cajeros en horarios de alta afluencia.
🚫 Desconfiar de llamadas o mensajes que soliciten datos personales; ni el IMSS ni el ISSSTE piden información por teléfono.
🔍 Consultar los sitios web oficiales o acudir directamente a los módulos de atención en caso de dudas.
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