Guía Completa 2026: Cómo cambiar el nombre del titular en tu recibo de luz (CFE) y agua para evitar problemas legales
México. — Es una situación clásica: compras una casa, rentas un departamento o fallece un familiar, y el recibo de la luz o del agua sigue llegando a nombre de una persona que ya no vive ahí. Aunque parezca un detalle menor, no actualizar el titular del servicio es un error administrativo que puede costarte caro a largo plazo.
Tener los servicios a tu nombre no es solo un tema de orden; es una herramienta legal indispensable para trámites ante el SAT, el INE, bancos y para proteger tu patrimonio. Aquí te explicamos por qué debes hacerlo y los requisitos exactos para lograrlo.
Más allá de ver tu nombre en el papel, existen tres razones críticas:
Trámites Fiscales (SAT): Para inscribirte en el RFC o actualizar tu Constancia de Situación Fiscal, el SAT exige un comprobante de domicilio que coincida con tu identidad. Si el recibo está a nombre del “abuelito” o del dueño anterior, te rechazarán el trámite.
Identificación Oficial (INE): Si necesitas renovar tu credencial de elector y cambiaste de casa, el INE te pedirá un comprobante a tu nombre o de un familiar directo.
Aclaraciones Legales: Si CFE o la Junta de Aguas realizan un cobro excesivo, cortan el servicio indebidamente o hay un problema de “diablitos”, solo el titular legal tiene la facultad jurídica plena para interponer quejas, demandas o convenios de pago.
La Comisión Federal de Electricidad exige que el trámite sea presencial en sus Centros de Atención a Clientes. El requisito principal es no tener adeudos en la cuenta actual.
A) Si eres el nuevo dueño de la casa:
Copia de la escritura pública de la propiedad (o predial reciente a tu nombre).
Identificación oficial vigente (INE o Pasaporte).
Copia del RFC (con homoclave).
Lectura actual del medidor (tómale una foto clara).
B) Si eres arrendatario (Rentas la casa):
Contrato de arrendamiento vigente.
Copia de la identificación oficial del dueño de la casa.
Tu identificación oficial.
Carta poder simple firmada por el dueño autorizando el cambio (en algunos casos).
C) Por fallecimiento del titular anterior:
Acta de defunción del titular.
Documento que acredite tu relación con la propiedad (escrituras a tu nombre o testamento).
Identificación oficial del solicitante.
Para el servicio de agua, el proceso suele ser más estricto respecto a la propiedad del inmueble, ya que la deuda de agua se liga al predio, no a la persona.
Requisitos generales:
Acreditación de propiedad: Escrituras notariadas o título de propiedad (original y copia).
Impuesto Predial: Recibo del predial pagado del año en curso.
Identificación Oficial: INE del nuevo propietario.
Carta de No Adeudo: La cuenta debe estar en ceros para procesar el cambio.
Nota: Si eres inquilino, generalmente NO se cambia el titular del agua, pero puedes solicitar que aparezca tu nombre como “usuario responsable” en algunos municipios.
No esperes a tener una urgencia bancaria o fiscal. Aparta una mañana, reúne tus carpetas y acude a las oficinas. Consejo Pro: Lleva siempre copias de más y una pluma azul, pues los formularios se llenan a mano en ventanilla.
Con información de CFE
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