SAN LUIS POTOSÍ | En un caso que ha conmocionado a la sociedad mexicana, Martín Gerardo “N” fue sentenciado a 45 años, siete meses y 15 días de prisión por el feminicidio agravado de una niña de apenas un año de edad, además del delito de inhumación ilícita. El sujeto obligó a su propia madre a enterrarla tras asesinarla brutalmente a golpes en el municipio de Zaragoza.
Los hechos se remontan a julio de 2020, cuando el ahora sentenciado golpeó hasta la muerte a la menor. Después del crimen, en un acto de manipulación y violencia psicológica, obligó a su madre —la abuela de la víctima— a enterrar el cuerpo en un terreno de la localidad, intentando ocultar el crimen.
Gracias a una Alerta Amber activada por la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) y una investigación exhaustiva, las autoridades localizaron el cuerpo y detuvieron al responsable, quien fue sometido a juicio oral.
Durante el proceso penal, la Fiscalía Especializada en Feminicidios presentó pruebas contundentes, por lo que el Tribunal de Enjuiciamiento dictó una sentencia histórica: más de 45 años de prisión, reparación del daño a familiares y sanciones económicas al Estado.
Este fallo representa un precedente legal importante en la lucha contra el feminicidio infantil en México.
Ese mismo día, la Policía de Investigación (PDI) cumplimentó una orden de aprehensión contra Gonzalo “N”, acusado de sustracción de menores. Según la denuncia, el hombre incumplió un acuerdo de custodia, al no regresar a su hijo con la madre tras un periodo de convivencia.
Gonzalo fue detenido en la capital potosina y trasladado al Centro Penitenciario de La Pila, donde enfrentará su audiencia inicial.
De acuerdo con datos de la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim), 76 menores de edad fueron víctimas de delitos solo en el primer trimestre de 2025 en San Luis Potosí: 44 niños y 32 niñas. La cifra evidencia un preocupante aumento respecto a años anteriores.
Ante esta realidad, el Congreso local ha aprobado reformas clave:
Se tipificó como delito el matrimonio y la cohabitación forzada de menores de 18 años, con penas de 8 a 15 años de prisión y multas.
Además, se estableció que los delitos sexuales contra menores (violación, abuso, hostigamiento, difusión de imágenes, etc.) serán imprescriptibles, es decir, podrán perseguirse sin importar el paso del tiempo.
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