La Ley Federal del Trabajo establece pago triple por laborar en día de descanso obligatorio
Ciudad de México.– El lunes 2 de febrero de 2026 es considerado día de descanso obligatorio en todo México, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), al conmemorarse el aniversario de la Promulgación de la Constitución de 1917. Por ello, las personas trabajadoras que sean requeridas para laborar en esa fecha deben recibir pago triple, según lo establece la legislación vigente.
El artículo 74 de la LFT señala que empleadores y trabajadores deberán acordar cuántas personas prestarán sus servicios ese día. Quienes laboren tendrán derecho a recibir, además de su salario diario, un salario doble por el servicio prestado, lo que en conjunto se traduce en salario triple.
¿Cómo se debe pagar el 2 de febrero de 2026?
A partir del 1 de enero de 2026, el salario mínimo en México tuvo un incremento oficial. Con base en esos montos, el pago por trabajar el 2 de febrero debe calcularse de la siguiente manera:
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Salario Mínimo General 2026:
$315.04 pesos diarios × 3 = $945.12 pesos -
Salario Mínimo Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) 2026:
$440.87 pesos diarios × 3 = $1,322.61 pesos
Esto significa que cualquier trabajador que perciba el salario mínimo y labore ese día debe recibir esas cantidades como mínimo, independientemente de otras prestaciones.
Día de la Candelaria no es descanso oficial
Aunque el 2 de febrero también se celebra en México el Día de la Candelaria, esta festividad no está reconocida como día de descanso oficial ante la ley laboral. El pago triple no se debe a la festividad religiosa, sino a la conmemoración constitucional.
¿Qué hacer si no te pagan al triple?
Si en tu nómina no aparece reflejado el pago triple por trabajar el 2 de febrero, o si no te han aplicado el aumento al salario mínimo, puedes denunciar ante la autoridad laboral.
La instancia correspondiente es la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde puedes recibir asesoría y acompañamiento legal gratuito.
Opciones para denunciar:
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Teléfono: 079, línea del Gobierno de México
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Correo electrónico: quejasdelservicio@stps.gob.mx
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Teléfono directo: 55 59 98 20 00, extensiones 44750 y 44917
La ley es clara: trabajar en día de descanso obligatorio se paga al triple, y no cumplirlo representa una violación a los derechos laborales.