El Reparto de Utilidades 2025 está próximo a vencerse y es importante que las personas trabajadoras conozcan sus derechos, fechas clave y pasos a seguir en caso de incumplimiento. Este pago está respaldado por el artículo 123 constitucional y por la Ley Federal del Trabajo, por lo que es obligatorio para los patrones.
¿Hasta cuándo pueden pagarte las utilidades?
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Si trabajas para una empresa (persona moral):
Tienen del 1 de abril al 30 de mayo de 2025 para pagarte. -
Si trabajas para una persona física (patrón individual):
Tienen del 1 de mayo al 29 de junio de 2025 como fecha límite.
¿Quién tiene derecho al reparto de utilidades?
Tienen derecho todas las personas que hayan trabajado al menos 60 días en el año fiscal anterior, incluyendo:
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Personal de planta y eventuales
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Quienes estuvieron en incapacidad temporal
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Madres en licencia de maternidad
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Padres con permiso de paternidad
El cálculo se divide en dos partes:
50% según días trabajados + 50% según salario percibido.
¿Qué hacer si no recibes el pago?
Puedes presentar una queja ante la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo). Tienes hasta un año para reclamar.
Contactos de PROFEDET:
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Tel: 800 911 7877 / 800 717 2942
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Web: www.profedet.gob.mx
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Correo: orientacionprofedet@stps.gob.mx
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Denuncias por cobros indebidos: quejasdelservicio@stps.gob.mx