Un joven terminó en el hospital con una herida cortante en su brazo izquierdo por pedirle a su vecino que bajara la música e hiciera menos ruido ya que tenía cosas que hacer al día siguiente, generando la molestia de su agresor quien sacó un machete de su casa.
El delito ocurrió en la colonia Nuevo Refugio en Gómez Palacio, cuando Jesus Abel “N” tenía una reunión con sus amigos afuera de su casa y presuntamente tenía la música a un alto volumen. Alrededor de las 23:00 horas, su vecino decidió salir a pedirle que bajara el volumen del sonido.
Luis se dirigió a una de las casas vecinas para realizar la petición, ya que no podía dormir, sin embargo comenzaron a discutir hasta que Jesús, quien presuntamente se encontraba en estado de ebriedad, ingresó a su casa y sacó el machete.
Jesús hirió a Luis causándole una cortada en el brazo izquierdo, para luego darse a la fuga. Al lugar acudieron las autoridades y una ambulancia en donde paramédicos atendieron a Luis para luego trasladarlo al Hospital General de Gómez Palacio.
En el nosocomio, el joven de 22 años explicó a elementos de la Policía Investigadora de Delitos lo ocurrido y mismo se inició la carpeta de investigación en contra del agresor, comenzando con las diligencias para ubicarlo.
¿Cuáles son los números de emergencia en Durango?
¿Cuáles son los números de emergencias en Gómez Palacio, Durango?
Los números de emergencia en Gómez Palacio, Durango, México, son los siguientes:
911: Este es el número de emergencia universal en México y se utiliza para reportar accidentes, incendios, asaltos, problemas médicos, o cualquier otro evento que requiera asistencia inmediata.
Bomberos: Si hay un incendio u otra situación de emergencia relacionada con fuego, puedes llamar al 87 17 14 12 10 para solicitar ayuda de los Bomberos.
Cruz Roja: Para asistencia médica de emergencia, incluyendo ambulancias, puedes contactar a la Cruz Roja marcando el número de emergencia 911 o al 87 17 23 76 20.
¿Cuál es la pena por lesiones?
El Código Penal de Durango establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:
De tres a seis meses de prisión o multa de dieciocho a treinta y seis veces la Unidad de Medida y Actualización o ambas penas, si las lesiones tardan en sanar hasta quince días;
De seis meses a dos años de prisión y multa de treinta y seis a ciento cuarenta y cuatro veces la Unidad de Medida y Actualización, cuando tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta;
De dos a tres años seis meses de prisión y multa de ciento cuarenta y cuatro a doscientas dieciséis aveces la Unidad de Medida y Actualización, si tardan en sanar más de sesenta días;
De cuatro a seis años de prisión y multa de doscientos ochenta y ocho a cuatrocientas treinta y dos veces la Unidad de Medida y Actualización , cuando pongan en peligro la vida;
De dos a ocho años de prisión y multa de ciento cuarenta y cuatro a quinientas setenta y seis veces la Unidad de Medida y Actualización , cuando dejen cicatriz perpetua y notable en la cara o en un pabellón auricular;