MÉXICO.- La propuesta para reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales no contempla una disminución del salario, las prestaciones o los derechos adquiridos de los trabajadores, según la explicación atribuida a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
La modificación al Artículo 123 constitucional establecería una jornada máxima de 40 horas por semana. Uno de los puntos centrales es que las personas conservarían el mismo ingreso que reciben actualmente por una semana completa, aunque disminuya el número de horas laboradas.
El planteamiento también mantendría derechos como las vacaciones, el pago de días festivos, la prima dominical y los periodos de descanso. De acuerdo con la información difundida, más de 13 millones de trabajadores resultarían beneficiados sin afectaciones a sus ingresos.
La aplicación sería mediante una transición escalonada, con el objetivo de permitir que las empresas ajusten horarios y esquemas de operación. Sin embargo, el material disponible no incluye las etapas, fechas o porcentajes específicos de ese calendario, por lo que esos detalles deberán confirmarse en las disposiciones oficiales correspondientes.
La reducción semanal tampoco debe confundirse con los límites actuales de cada tipo de jornada. La jornada diurna, comprendida entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche, puede durar hasta ocho horas. La jornada nocturna, de las 8:00 de la noche a las 6:00 de la mañana, tiene un máximo de siete horas.
En el caso de la jornada mixta, el límite señalado es de siete horas y media. Si el periodo nocturno supera tres horas y media, debe considerarse como jornada nocturna.
También se establece un descanso mínimo de 30 minutos. Cuando el empleado no puede abandonar el centro de trabajo durante ese periodo, el tiempo debe contabilizarse como parte efectiva de la jornada.
El trabajo nocturno no genera por sí mismo una prima adicional, pero cuenta con una duración máxima menor. Además, trabajadores y empleadores pueden acordar jornadas inferiores a los límites legales. La aplicación definitiva de las 40 horas dependerá del proceso constitucional y de las reglas oficiales que se emitan.





