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T3 qui3res jubilar en 2027; Decreto de Sheinbaum favorecerá a estos trabajadores

La medida mantiene en 2027 las edades mínimas de 56 años para mujeres y 58 para hombres, pero únicamente dentro del régimen Décimo Transitorio del ISSSTE.

Joaquín López por Joaquín López
2 septiembre, 2026 | 11:09 am
en Nacional
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México.— Las personas trabajadoras al servicio del Estado que permanecen en el régimen del Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE podrán jubilarse en 2027 a partir de los 56 años, en el caso de las mujeres, y de los 58 años para los hombres, siempre que cumplan con los años de servicio requeridos.

La medida deriva del decreto impulsado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2025. Su propósito es detener el aumento gradual de la edad mínima de jubilación establecido después de la reforma del ISSSTE de 2007.

Edades para jubilarse en 2027

De acuerdo con las disposiciones señaladas, durante 2027 las edades mínimas se mantendrán sin cambios:

  • Mujeres: 56 años de edad y al menos 28 años de servicio.
  • Hombres: 58 años de edad y al menos 30 años de servicio.

Además de cubrir la edad y la antigüedad laboral, las personas interesadas deben pertenecer al Décimo Transitorio. Este régimen corresponde a quienes se mantuvieron en el esquema pensionario previo y no migraron al sistema de cuentas individuales.

El decreto establece tres cambios centrales: frenar el incremento de la edad mínima, congelar temporalmente las edades vigentes y comenzar una reducción gradual a partir de 2028. Ese ajuste continuará hasta 2034, según el calendario contemplado en la medida.

¿Quiénes quedan fuera del beneficio?

La disposición no es aplicable para todas las personas trabajadoras. Quedan fuera quienes están afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como quienes cotizan mediante Afore o cuentas individuales del ISSSTE.

Tampoco pueden acceder a este beneficio quienes eligieron el Bono de Pensión o pertenecen a una modalidad distinta del Décimo Transitorio. Por ello, antes de iniciar el trámite, cada derechohabiente debe identificar el régimen pensionario en el que se encuentra y comprobar que reúne tanto la edad mínima como los años de servicio exigidos.

Tags: Claudia SheinbaumDécimo TransitorioISSSTEjubilaciónpensionestrabajadores del Estado

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