CIUDAD DE MÉXICO.— Las celebraciones por la Independencia de México tendrán una distribución particular en 2026: el 15 de septiembre caerá en martes y el 16 de septiembre será miércoles. Sin embargo, estas fechas no producirán por sí mismas un megapuente laboral de tres o cuatro días.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) reconoce el 16 de septiembre como día de descanso obligatorio. El martes 15, cuando tradicionalmente se realiza la ceremonia del Grito de Independencia, no se encuentra incluido entre los feriados establecidos por la legislación.
¿Cuándo comienza el descanso de septiembre?
El descanso oficial comenzará y terminará el miércoles 16 de septiembre de 2026. Debido a que la fecha caerá a mitad de semana, no se conectará automáticamente con un fin de semana.
Para las personas trabajadoras, el martes 15 será una jornada ordinaria, a menos que el empleador conceda un descanso adicional o establezca cambios de horario. Estas medidas dependerán de las disposiciones internas de cada centro laboral y no de una obligación general prevista en la LFT.
En el ámbito educativo, el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) identifica el 15 de septiembre como una fecha de reflexión o conmemorativa. La suspensión de clases está prevista para el miércoles 16 en los planteles regidos por dicho calendario.
Por ello, estudiantes y familias deberán revisar los avisos de cada escuela, especialmente ante posibles ajustes locales o administrativos. En términos oficiales, el único descanso señalado con motivo de las Fiestas Patrias es el correspondiente al 16 de septiembre.
¿Cuánto deben pagar por trabajar el 16?
El artículo 75 de la LFT establece que quienes presten sus servicios durante un día de descanso obligatorio deben recibir, además del salario correspondiente a esa fecha, un salario doble por el trabajo realizado.
En términos prácticos, la jornada debe pagarse de forma triple: el salario ordinario del día festivo más el doble correspondiente por haber trabajado. La aplicación dependerá de que efectivamente se laboren horas durante el descanso obligatorio.




