
México.- El Programa de Regularización Fiscal 2026 se acerca a sus fechas límite para que personas físicas y empresas elegibles soliciten reducciones en multas, recargos y gastos de ejecución derivados de adeudos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
De acuerdo con un análisis elaborado por Flor Ileana Vargas Mata, integrante de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, la facilidad permite disminuir hasta 100% de los recargos, multas y gastos de ejecución relacionados con contribuciones omitidas. Cuando el adeudo esté integrado únicamente por multas, la reducción puede ser de 90%, siempre que se corrijan las conductas que les dieron origen.
En términos prácticos, los contribuyentes beneficiados tendrían que cubrir la contribución omitida, actualizada conforme a la inflación, sin pagar los accesorios reducidos. En el caso de adeudos formados solamente por multas, deberán cubrir el porcentaje restante.
¿Quiénes pueden solicitar el beneficio?
El programa está dirigido a personas físicas, micro, pequeñas y medianas empresas cuyos ingresos no hayan superado los 300 millones de pesos durante el ejercicio fiscal 2024. Puede aplicarse a adeudos generados en 2024 o años anteriores.
Entre los casos considerados se encuentran las omisiones detectadas por el propio contribuyente, revisiones iniciadas por el SAT o la Agencia Nacional de Aduanas de México y créditos fiscales firmes que ya hayan sido notificados.
El beneficio no aplica para quienes hayan recibido reducciones mediante programas generalizados de condonación, tengan una sentencia condenatoria firme por delitos fiscales o estén señalados por operaciones inexistentes en términos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Trámite y fechas límite
La solicitud puede presentarse en Mi Portal del SAT, mediante un escrito libre y utilizando el RFC y la contraseña. También existe la opción de acudir a una oficina de la autoridad fiscal. El contribuyente puede pedir el pago en parcialidades y, una vez autorizada la reducción, dispone de hasta 15 días naturales para pagar.
Para créditos fiscales firmes, la fecha límite indicada es el 31 de octubre de 2026. Quienes estén sujetos a una revisión podrán solicitar el beneficio antes del 31 de diciembre de 2026, siempre que subsanen las irregularidades y se autocorrijan dentro del procedimiento correspondiente.
La información corresponde a la opinión técnica de Vargas Mata. Los interesados deben confirmar su situación particular directamente con el SAT o con un especialista fiscal.



